Secularización

Derecho canónico

En Derecho canónico, acto por el cual los miembros de un instituto religioso (orden o congregación) son dispensados de sus votos, de sus obligaciones del estado religioso y pertenencia a una comunidad, y vuelven a la vida laica, o los clérigos seculares son desposeídos de oficio y beneficio, y dispensados de la ley eclesiástica del celibato, adquiriendo el estado laical. En ambos casos la secularización, una vez efectuada, es irreversible.

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